Nada menos que trece páginas de la Memoria de la Fiscalía dedica Teresa Peramato a justificar por qué no apartó de la carrera fiscal a su predecesor Álvaro García Ortiz, condenado por la Sala Segunda del Supremo por la revelación de datos de carácter reservado de la pareja de Ayuso, Alberto Gómez Amador. Bajo el epígrafe «Un hecho grave que merece particular atención. La condena penal del Fiscal General del Estado y sus efectos sobre el estatus profesional del fiscal de carrera», la jefa del Ministerio Público defiende su decisión de no separar del cargo a condenado pese a su condena por delito doloso. Y para ello se aferra a los términos de la propia sentencia del Supremo. A través de un decreto firmado el 23 de diciembre por la propia Peramato, apenas unas semanas después del fallo, y del que no fue informada la mayoritaria Asociación de Fiscales, la nueva fiscal general concluye que la inhabilitación especial de dos años y la sanción económica impuesta (multa de doce meses a razón de 20 euros diarios), no suponían la pérdida de su plaza como funcionario.El escrito subraya que la inhabilitación dictada por los magistrados estaba expresamente «encapsulada» en el cargo de fiscal general, sin afectar al cargo de fiscal. La legislación exige que las condenas especifiquen los empleos afectados por la inhabilitación especial para no convertirla de facto en una inhabilitación absoluta. Explica, además, que se rechazó cualquier maniobra administrativa que supusiera un «plus aflictivo» para el condenado. Apartarle de la carrera por una vía gubernativa vulneraría el derecho a la tutela judicial efectiva al ampliar un castigo que no impusieron los propios jueces. Dice Peramato que aunque la redacción literal del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal prevé la pérdida de la condición de fiscal por cualquier delito doloso, esa expulsión automática solo procede cuando existe una condena de prisión.
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