La Abogacía del Estado ha presentado un recurso ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo contra la paralización de las inscripciones en el censo electoral de los beneficiados por la ley de nietos.En su escrito, al que ha tenido acceso ABC, los servicios jurídicos del Estado denuncia que la paralización del Supremo impone la privación absoluta del derecho fundamental al sufragio activo de cientos de miles de personas. Además, denuncia que esta suspensión se ha llevado a cabo de forma masiva sin conceder trámite de audiencia ni permitir la participación procesal de los ciudadanos afectados. La Abogacía advierte, además, de que la inscripción censal no es un procedimiento sujeto a «calificación previa» por parte de la Administración electoral, sino que la inclusión en el censo es una mera consecuencia «automática» del acto verdaderamente constitutivo, que es la concesión firme de la nacionalidad española, cuya revisión corresponde a la jurisdicción civil y no a la contencioso-administrativa. El recurso acusa a la Sala Tercera de exceder el ámbito propio de una medida cautelar al anticipar el fondo del asunto e, indirectamente, suspender los efectos de una norma con rango de ley. Según el texto, la resolución judicial realiza un juicio implícito de constitucionalidad que solo compete al Tribunal Constitucional, donde ya existe un recurso planteado por el partido Vox sobre esta misma disposición. Frente al argumento de un supuesto «crecimiento extraordinario» del censo en el extranjero, la Abogacía señala que la realidad es que los 168.896 inscritos por esta vía representan apenas un 0,44% de un censo general que ronda los 38,5 millones de electores. Proyectando la participación histórica, concluye que el impacto real sería de un ínfimo 0,06% de los votos emitidos, lo que descarta cualquier riesgo serio de alteración de los resultados electorales. Además, alerta de la imposibilidad material de cumplir con las exigencias del Supremo porque según el informe consular aportado no es factible revisar los casi 170.000 expedientes antes del 1 de enero de 2027 , fecha en la que quedará cerrado el censo para las próximas elecciones autonómicas de mayo de ese año. Por todo ello, insta a la Sala a que Levante esas medidas cautelares.
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