El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cuatro años de prisión impuesta al futbolista Santiago Mina por un delito de abuso sexual a una mujer. Los hechos tuvieron lugar en julio de 2017, cuando la denunciante se hallaba en el interior de una furgoneta estacionada en las proximidades de una discoteca de Mojácar (Almería) junto a un amigo de Mina, también jugador de fútbol.Mina entró desnudo en el vehículo y, según la sentencia, «aprovechó la proximidad, la sorpresa y la situación en que se encontraba la perjudicada para ejecutar dos actos sexuales inconsentidos , interrumpiendo su actuación cuando percibió que la continuación exigiría vencer una oposición mediante la fuerza».La Sala de lo Penal concluye que su relato no contiene ningún elemento que permita afirmar que el acusado recibió «una manifestación de consentimiento que interpretó de forma equivocada» . Además, resalta que la sentencia de apelación «eliminó la referencia al prevalimiento», pero dejó «expresamente establecido que el relato de instancia no describía consentimiento« de la víctima para ninguno de los dos actos sexuales.La víctima denunció a Mina y, tras un largo proceso judicial, en 2022 la Audiencia Provincial de Almería le condenó a 4 años de prisión por abuso sexual y fijó una indemnización económica de 50.000 € para la mujer. El otro acusado, el amigo futbolista, fue absuelto.La defensa recurrió el fallo aduciendo, entre otros argumentos, que la valoración del testimonio de la denunciante había sido incorrecta. La Audiencia almeriense también había valorado elementos como informes médicos y psicológicos y otras declaraciones.En 2023, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) confirmó los 4 años de prisión, pero redujo la indemnización a 25.000 euros. También mantuvo la absolución del amigo de Santi Mina.Tras un nuevo recurso, este miércoles el Supremo ha rechazado la absolución solicitada por Mina, quien alegaba que actuó bajo un error vencible —concepto jurídico referido a una persona que actúa con dudas sobre si su conducta es lícita o si infringe la ley, y no hace el esfuerzo suficiente para informarse o evitar el error— acerca del consentimiento de la mujer. Los magistrados del Supremo desestiman por tanto los motivos del recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del TSJA.También rechaza el recurso de la víctimaLa sentencia sí recoge que Mina «cesó cuando la perjudicada le pidió que parara… pero, como ya se ha expuesto, ese hecho acredita el momento en que finalizó la actuación y explica que el Tribunal descartara la utilización de violencia o intimidación; no establece que la víctima hubiera consentido previamente ni que el acusado creyera que lo hacía».Además, indica que «no incorpora dato alguno que refleje que Santiago Mina interpretara erróneamente una manifestación de anuencia, ni permite deducir necesariamente esa falsa representación de las circunstancias declaradas probadas».El Supremo también ha desestimado el recurso de casación planteado por la víctima, en el que solicitaba, entre otros extremos, que el acusado fuese condenado por un delito de agresión sexual con penetración, y que se le impusiera una pena de 8 años de prisión. Sobre esto, el alto tribunal considera que «el hecho probado no describe que el futbolista utilizara violencia con función instrumental».Tambié pedía la denunciante elevar la pena de cárcel a seis años porque Mina habría cometido «dos actos sexuales penetrativos plenamente diferenciados y de manera sucesiva», pero el tribunal también lo ha desestimado.Por otro lado, ha rechazado condenar como cooperador necesario o, subsidiariamente, como cómplice del delito sexual cometido por el futbolista al amigo de Mina que había sido absuelto por la Audiencia Provincial de Almería.Santi Mina (30 años), nacido en Vigo, debutó como profesional en el Celta. se encuentra actualmente sin equipo. En 2015 fue traspasado al Valencia, club en el que permaneció hasta 2019 cuando, ya en pleno proceso judicial, regresó al club de su ciudad natal. En agosto de 2023, después de conocida la sentencia condenatoria, el Celta rescindió de manera unilateral su contrato. Mina ya no formaba parte de la plantilla del conjunto gallego, sino que llevaba una temporada en el Al-Shabab de Arabia Saudí. Desde entonces y hasta hoy, cuando el Supremo ha confirmado la sentencia, está sin equipo.
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