La Audiencia Provincial de Baleares juzgará este jueves a un hombre acusado de cometer una brutal agresión sexual a su propia tía en Mallorca. El procesado, que padece una discapacidad intelectual, se abalanzó por la espalda de la víctima, la arrojó a la cama y la sometió a tocamientos de carácter sexual mientras ella no paraba de gritar pidiendo auxilio.
Según el escrito de acusación al que ha tenido acceso este periódico, los hechos ocurrieron concretamente el 3 de mayo de 2023 cuando el procesado se encontraba en su domicilio ubicado en Palma en compañía de su tía. En un momento dado, sin mediar palabra y con la clara intención de satisfacer su ánimo libidinoso, el acusado se abalanzó violentamente sobre la mujer por la espalda.
A continuación, la agarró con fuerte presión a la altura del pecho y se negó a soltarla a pesar de su resistencia. Acto seguido, la lanzó contra una cama que había en la estancia e introdujo sus dedos en la vagina de la mujer a través de las mallas que vestía. La agresión continuó sin que la víctima dejara de chillarle y pedir ayuda en ningún momento, hasta que finalmente el agresor la soltó.
Pocas semanas después, el 2 de junio de 2023, el juzgado dictó un auto de prohibición de aproximación a menos de 200 metros y de comunicación con la víctima por cualquier medio.
El informe señala además que el acusado padece una discapacidad intelectual de grado leve-moderado que afecta, de forma parcial, a sus capacidades volitivas y cognoscitivas.
Para la Fiscalía, estos hechos son constitutivos de un delito de agresión sexual con penetración, aunque aplica la circunstancia atenuante analógica de anomalía psíquica, por lo que solicita para el acusado una pena de siete años de prisión.
Asimismo, requiere la medida de libertad vigilada durante seis años con la obligación de someterse a programas formativos de educación sexual, así como la inhabilitación especial de 15 años para cualquier profesión u oficio con contacto regular con menores.
Finalmente. completa la petición una prohibición de aproximación a menos de 200 metros y de comunicación durante 15 años, y el pago de una indemnización de 5.000 euros a la víctima por el daño moral causado.
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