El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, propone que se ordene a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que dicte «una nueva resolución en la que se declare amnistiado el delito de malversación» y que lo haga, además, teniendo en cuenta el «carácter preferente y urgente» de la ley de amnistía. Así lo plantea en el borrador de sentencia relativo al amparo de Dolors Bassa que llevará al Pleno del próximo 6 de octubre, en el que está previsto que se vea también la nueva ponencia José María Macías estimando el recurso de Turull, tras rechazar la mayoría ‘progresista’ su primer borrador, favorable a rechazar el amparo. En su escrito, al que ha tenido acceso ABC, argumenta que la Sala Penal incurrió «en una interpretación impredecible» de las normas y «al apartarse de la finalidad de la ley de amnistía, no ha mantenido el nexo de coherencia necesario entre la decisión adoptada, la norma que le sirve de fundamento y los fines que justifican la institución de la amnistía». Recuerda que la norma nació con la intención de amnistiar todas las conductas del ‘procés’ y que el delito de malversación no puede quedar fuera. «La finalidad de la norma es excluir del ámbito de aplicación de la ley de amnistía la desviación de fondos públicos efectuada confines de corrupción personal y no con el objetivo de coadyuvar al cumplimiento de los fines del proceso independentista», explica. El borrador es más duro que el de Macías al juzgar la conducta de los magistrados de la Sala Segunda, quienes, según el magistrado conservador, no actuaron en ningún momento de forma «ilógica ni arbitraria» sino que no motivaron suficientemente su decisión de no aplicar la amnistía a la malversación y se apartaron así de la voluntad del legislador, del preámbulo de la ley. Además, a diferencia de la de Conde-Pumpido, cuya parte dispositiva viene a ser imperativa (ordenando al Supremo que aplique la ley), la de Macías utiliza la fórmula habitual en las sentencias del TC, ordenando que se retrotraiga el procedimiento para que la Sala Segunda dicte otro fallo respetuoso con los derechos fundamentales vulnerados.
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