El anuncio de la convocatoria de elecciones generales para el próximo 29 de noviembre de 2026 ha provocado una reacción inmediata en el procedimiento de la sobre la ley de nietos abierto en la Sala Tercera del Tribunal Supremo. Iustitia Europa, la formación que impulsó esta causa, ha presentado un escrito urgente solicitando la inmediata efectividad y concreción de las medidas cautelares dictadas por el Alto Tribunal en su auto del pasado 10 de septiembre en relación con los efectos electorales de la ley. En un escrito al que ha tenido acceso ABC, la formación política advierte que, de acuerdo con el artículo 39.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg), el censo válido para los comicios de noviembre es el cerrado a 1 de agosto de 2026, una fecha anterior a la resolución del Supremo. Esta circunstancia implica que dentro del censo electoral vigente pueden figurar personas cuya capacidad de sufragio se encuentra actualmente paralizada por la Justicia. El partido que encabeza el letrado Luis María Pardo recuerda que la propia Dirección General de Asuntos Consulares reconoce que ni el Registro de Matrícula Consular ni el CERA especifican de forma directa la vía legal por la cual se adquirió la nacionalidad. Para aplicar la suspensión ordenada por el tribunal resulta «imprescindible examinar los expedientes individuales y relacionar posteriormente dicha información con la inscripción censal», dice Iustitia Europa, que argumenta que el inminente proceso electoral transforma esta labor en una necesidad «urgente» para poder distinguir qué inscripciones están sujetas a la suspensión y cuáles entran en las excepciones del Auto. De esta forma, el partido solicita a la Sala que requiera con carácter urgente a la Junta Electoral Central y a la Oficina del Censo Electoral para que informen sobre el estado de ejecución de las medidas cautelares respecto al censo cerrado a 1 de agosto de 2026. También pide que dicha información identifique de manera agregada, preservando los datos personales, el número de electores comprendidos en la medida cautelar y los expedientes efectivamente examinados. También conocer el volumen de certificaciones consulares emitidas y las operaciones adoptadas por la Oficina del Censo Electoral para paralizar los efectos electorales de las inscripciones correspondientes. Y, por último, acordar las actuaciones necesarias para garantizar que las medidas cautelares desplieguen plena eficacia antes de que las inscripciones produzcan efectos en las elecciones del 29 de noviembre. El escrito concluye señalando que la fijación de una fecha cierta para el ejercicio del sufragio desvirtúa el argumento previo de la Abogacía del Estado, que alegó que el perjuicio no presentaba un carácter inminente. La efectividad del Auto exige que esta clasificación de los votantes en el exterior esté finalizada antes de que avance el procedimiento electoral, concluye la formación.Fuentes del partido señalan a ABC que la propia Administración ha reconocido que no puede saber de un vistazo qué electores del CERA están afectados por la cautelar del Supremo. Para identificarlos tiene que revisar uno a uno los expedientes y cruzar varias bases de datos,, Con unas elecciones ya convocadas el problema es evidente: hay que saber antes del 29 N quién puede votar y quién tiene suspendidos sus efectos electorales.
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