La plataforma Por una Justicia Independendiente ha interpuesto ante el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) un recurso por omisión contra la Comisión Europea. Se trata de la primera demanda que, amparada en el artículo 265 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), denuncia la inactividad de la institución comunitaria al no poner plazo a las indicaciones que año tras año se vienen haciendo desde Europa para adaptar el sistema de elección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a los estándares comunitarios. El movimiento se produce después del requerimiento formal que este colectivo presentó ante la Representación de la Comisión Europea en España el 31 de julio de este año.El argumento central del recurso, presentado el 2 de noviembre y al que ha tenido acceso ABC, señala que la Comisión Europea ha recomendado de forma reiterada a España en sus informes sobre el Estado de Derecho (2024, 2025 y 2026) que adapte el procedimiento de designación de los doce miembros de procedencia judicial del CGPJ. Sin embargo, la demanda subraya que Bruselas no ha fijado una fecha límite ni un horizonte temporal para esa adaptación, y esa falta de plazos concretos está perpetuando una situación que ya debería haberse resuelto y que deja las recomendaciones en papel mojado. En su requerimiento de julio, la plataforma solicitó a la Comisión que se pronunciara expresamente sobre la eficacia de este seguimiento. Transcurrido el plazo de dos meses que establece el artículo 265 del TFUE sin que la institución europea haya emitido una respuesta o definido su posición institucional, la parte demandante considera consumada la inactividad procesal que da pie al recurso ante el TGUE.El escrito aclara de forma explícita el alcance de sus pretensiones. No solicita que el Tribunal de Luxemburgo legisle para España, ni que invalide la actual normativa nacional (Ley Orgánica 6/1985), ni que imponga una fecha de reforma al Estado español. Tampoco exige que se obligue a la Comisión a incoar un procedimiento de infracción (artículo 258 TFUE). El objeto estricto del recurso es que la Justicia europea declare que la Comisión incurrió en una omisión contraria a los Tratados al no responder a la solicitud de definición de postura.Estándares europeos y legitimaciónPara contextualizar la demanda, el texto hace referencia a los informes de la Comisión de Venecia (octubre de 2025) y del Greco (Consejo de Europa), que estipulan que no menos de la mitad de los miembros de los consejos judiciales deben ser elegidos por sus pares para garantizar la independencia frente a los poderes políticos. Asimismo, destaca que los propios informes de la Comisión Europea distinguen entre el acuerdo para renovar el CGPJ alcanzado en 2024 (y escenificado en Bruselas en una foto del ministro Félix Bolaños y González Pons (PP) con el comisario Reynders como testigo) y el posterior proceso de adaptación del modelo de elección.El CGPJ en la actualidad se compone de veinte vocales, doce de procedencia judicial y ocho juristas, nombrados todos ellos por Congreso y Senado. En el pacto por el que se renovó el CGPJ después de cinco años de parálisis se dejó en manos del nuevo CGPJ la elaboración de un informe sobre los sistemas europeos de elección y la redacción de una propuesta de reforma del sistema de elección de los 12 vocales de procedencia judicial. Para ello el órgano disponía de un plazo improrrogable de seis meses desde la entrada en vigor de la ley para consensuar y remitir dicha propuesta al Gobierno y a las Cortes Generales. Para asegurar que cualquier propuesta de nuevo modelo contara con un consenso interno amplio (evitando mayorías estrictamente de un bloque u otro), el pacto estableció que el documento final del CGPJ debía aprobarse obligatoriamente por una mayoría de tres quintos de sus vocales.La cuestión es que la falta de acuerdo de los vocales de ambos grupos se tradujo en dos documentos distintos: el del bloque conservador, que sí se ajustaba a la recomendación europea de separar del Parlamento la elección de los doce vocales jueces, y la del bloque progresista, que mantenía el control del Parlamento sobre el nombramiento definitivo, pero introduciendo un sistema con mayor participación de la carrera judicial.Así las cosas han pasado más de dos años desde ese compromiso sin que la reforma haya fructificado. Es más, el Gobierno y sus socios tumbaron hace unas semanas una proposición de ley del Grupo Popular que avanzaba precisamente en el sentido de las recomendaciones europeas. En el mundo jurídico se da por hecho que sin la intervención de Bruselas la situación del Consejo se perpetuará y se seguirán cuestionando los nombramientos de la cúpula judicial en manos de dos bloques «politizados».
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