El Gobierno ha aprovechado el decreto sobre vivienda que publica hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para crear una nueva cuenta de ahorro e inversión para fomentar que los ciudadanos participen en los mercados financieros para apoyar a empresas europeas. Este nuevo producto, pese a los choques que había entre los ministerios de Economía y Hacienda , finalmente sí que contará con incentivos fiscales para invertir.Se trata de una cuenta, impulsada por la Comisión Europea y que en cierta manera ha abanderado el vicepresidente primero y ministro de Economía Carlos Cuerpo, por la cual se fomenta invertir en determinados valores del Viejo Continente para impulsar el crecimiento de las empresas europeas. Se configura como una relación contractual con una sociedad de inversión, como un banco, por la cual el ciudadano tendrá una especie de cuenta corriente y una cuenta de valores a través de la cual invertirá en ciertos valores elegibles.Solo se podrá disponer de una cuenta por persona y será intransferible. Asimismo, las entidades proveedoras de la cuenta no podrán conceder créditos o préstamos a los titulares para realizar operaciones con valores dentro de la misma. El importe máximo que podrá tener cada ciudadano en su cuenta de inversión será de 150.000 euros .Con todo, no podrá invertirse en cualquier tipo de activos sino solo en una serie de valores marcados por el Gobierno. El dinero aportado a la cuenta podrá invertirse en acciones emitidas por sociedades con domicilio social, administración central o centro principal de actividad en un Estado miembro de la Unión Europea o en otro Estado parte del Espacio Económico Europeo; y participaciones o acciones de fondos de inversión, incluidos los cotizados como los ETF, siempre que hayan resultado elegibles, cumpliendo determinados requisitos para formar parte de este régimen. Se excluye expresamente la inversión en socimis y sicav , además de productos derivados.La clave de esta cuenta de inversión está en su régimen fiscal. Como publicó ABC, existía un choque entre Economía, que quería fijar incentivos para hacer esta cuenta atractiva, y Hacienda, que era reacia a incentivar la inversión en los mercados financieros. Finalmente se ha impuesto la visión del vicepresidente Carlos Cuerpo y el producto cuenta con un régimen propio.En este sentido, el redactado del decreto establece que «se excluirá de gravamen la ganancia patrimonial determinada (…) en la parte proporcionalmente atribuible a aportaciones que hubieran permanecido en la cuenta durante más de cinco años, en los importes siguientes: a) El 100 por ciento de dicha ganancia patrimonial, hasta alcanzar una cuantía máxima total de 10.000 euros por contribuyente en aplicación de este régimen. b) El 20 por ciento de la parte restante de la ganancia patrimonial».Esto significa que los primeros 10.000 euros de beneficio anuales por las inversiones estarán exentos de tributar en la declaración de la Renta, y el resto tendrá un beneficio fiscal del 20%. Eso sí, será necesario que dichas aportaciones que se retiren de la cuenta de inversión hayan permanecido más de cinco años en ella; esto es un requisito para fomentar la inversión a medio y largo plazo, es decir, que no se utilice la cuenta para especular en los mercados financieros a corto plazo sino que sea un instrumento para financiar a las empresas europeas en su crecimiento.Reinversión por la venta de viviendasMás allá de ello, el decreto también establece la posibilidad de compatibilizar esta cuenta con otra llamada cuenta de reinversión, que sirve para canalizar al ahorro y la inversión en empresas europeas del dinero obtenido por la venta de viviendas en determinados supuestos. El límite de dinero para esta cuenta especial será de 800.000 euros .En este sentido, se establece un régimen por el cual la ganancia patrimonial obtenida por la venta de una vivienda hasta el 31 de diciembre de 2027 a «entes públicos territoriales y aquellos otros organismos públicos y empresas o sociedades mercantiles pertenecientes al sector público, cuya finalidad es la promoción y la gestión de vivienda social y asequible, siempre que el valor de transmisión total de la vivienda sea inferior a 800.000 euros», disfrutará de una exención fiscal del 100% si el valor de transmisión es igual o inferior a 200.000 euros; y si está entre 200.000 y 800.000 euros, se aplicará «el cociente obtenido de dividir la diferencia entre 800.000 euros y el valor de transmisión y 600.000 euros».El objetivo en este caso es dar incentivos fiscales para la venta de viviendas a organismos públicos para tratar de incrementar la oferta de pisos. Y a esto se le añade la citada cuenta de reinversión para, una vez realizada la operación inmobiliaria, poder meter ahí el dinero obtenido por la venta y dedicarlo a invertir en empresas europeas.En el caso de la cuenta de reinversión, las ganancias derivadas de la misma por la participación en los mercados financieros disfrutarán, siempre que se haya mantenido la inversión cinco años, de «la exclusión de gravamen del 20%, pero no la exención del 100% de los primeros 10.000 euros prevista para la modalidad general». Asimismo, se debe realizar la reinversión dentro del plazo general de seis meses desde la transmisión del inmueble para poder beneficiarse de este régimen.Seguros de ahorroTambién, el decreto relanza los llamados seguros de ahorro individuales, los Sialp , para convertirlos en un producto de seguro de vida y ahorro para los ciudadanos para invertir el dinero que se aporta también en empresas europeas y con ventajas fiscales, siempre que se mantenga la inversión durante un plazo mínimo de cinco años.La ventaja fiscal principal de este tipo de producto está en la exención de tributación en el IRPF si no dispones del capital invertido durante al menos cinco años desde la apertura del plan. Y el Gobierno lo que ha hecho ha sido aumentar el límite de aportación anual que se puede realizar en forma de prima, al pasar de 5.000 euros a 10.000 euros anuales para los Sialp que inviertan en empresas europeas.Asimismo, en los seguros de ahorro que había disponibles hasta la fecha se exigía que los productos estuvieran garantizados como mínimo al 85% del capital. Ahora, con esta nueva modalidad de seguros para financiar a empresas europeas, esa exigencia no forma parte del nuevo producto.
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