A menos de 24 horas para la celebración de concentraciones en todo el país en apoyo a la ciudad autónoma de Ceuta, el Gobierno de Pedro Sánchez está comunicando a última hora de este martes que prohíbe varias de estas reuniones ciudadanas promovidas por los ayuntamientos. Como mínimo, a esta hora, lo ha hecho en el caso de las ciudades de Madrid y Santander, a cuyos documentos remitidos por sendas delegaciones del Gobierno ha tenido acceso ABC.Tanto en el caso de Santander como el de Madrid, la Delegación del Gobierno en ambas regiones considera que «ni el alcalde, cuando actúa como presidente del Ayuntamiento, ni el propio Ayuntamiento pueden ser titulares del derecho de reunión», de tal forma que usa esa excusa para denegar la celebración de la concentración , una potestad que, al tratarse de una cuestión de seguridad ciudadana, corresponde a este organismo estatal.Para el Ejecutivo, el Ayuntamiento es la organización estable que representa y administra al conjunto del municipio y, por tanto, no puede identificarse con una asociación temporal de personas reunidas para expresar ideas, intereses, problemas o reivindicaciones, aunque sea, como es el caso, para apoyar la españolidad de una parte del territorio y dar cariño a sus vecines que, desde hace un mes, viven en una situación de anormalidad. Desde que la Federación Española de Municipios y Províncias (FEMP) anunció estas protestas, Ferraz ha tratado de diluirlas, incluso con amenazas a sus propios alcaldes que han decidido secundarlas.El informe diferencia esta situación de convocatorioa por parte de un ayuntamiento de las que puedan convocar partidos políticos, coaliciones o agrupaciones electorales, que sí pueden representar intereses sectoriales. Como consecuencia de esta interpretación por parte de los delegados del Gobierno, «la comunicación realizada por el Ayuntamiento no puede tramitarse mediante el procedimiento establecido en la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del Derecho de Reunión». La Delegación del Gobierno transmite a los ayuntamientos que celebren la concentración en formato de acto institucionalNo obstante, indica el documento, «esto no impide que el Ayuntamiento pueda organizar, dentro de sus competencias y bajo su propia responsabilidad, los actos institucionales que considere oportunos». Una posibilidad que permitiría mantener la cita, pero que obliga a los consistorios a estar más vigilantes con el tipo de consignas que se puedan lanzar de forma espontánea por parte de los congregantes.En el caso del escrito recibido por el ayuntamiento de Madrid, la Delegación del Gobierno informa de que ha trasladado el escrito a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que puedan adoptar, si fuera necesario, las medidas destinadas a garantizar la seguridad del acto institucional. El informe aclara también que, si una persona física o jurídica quisiera promover una manifestación o concentración, sí podría comunicarla a la Delegación del Gobierno siguiendo el procedimiento y los requisitos previstos en la Ley Orgánica 9/1983. El consistorio madrileño comunicó su intención, como se hace en estos casos, en tiempo y forma.Desde la Delegación del Gobierno en la capital, que dirige Francisco Martín Aguirre, han salido al paso minutos después a través de un breve mensaje a los medios de comunicación subrayando que «no ha prohibido la celebración de estos actos», que podrán desarrollarse con normalidad cuando hayan sido organizados por un Ayuntamiento o comunicados por particulares. Recuerda además que «en España las manifestaciones no están sujetas a autorización previa, sino a un régimen de comunicación, de acuerdo con el artículo 21 de la Constitución y la Ley Orgánica 9/1983». Por ello, considera incorrecto afirmar que la Delegación haya «denegado» o «no autorizado» las concentraciones.El escrito remitido a los ayuntamientos se limita, según estas fuentes, a «realizar una precisión jurídica: los consistorios y sus alcaldes, cuando actúan en representación de la Administración municipal, no son titulares del derecho fundamental de reunión, tal y como ha establecido el Tribunal Constitucional en reiteradas ocasiones». Por este motivo, las comunicaciones presentadas por los ayuntamientos «no pueden tramitarse como manifestaciones ciudadanas». La Delegación insiste en que esta cuestión no guarda relación con el contenido o finalidad de los actos y recalca que los ayuntamientos pueden organizarlos como actos institucionales, bajo su responsabilidad. Sin embargo hay dos precedentes recientes, tras los atentados del 11-M en Madrid y el 17-A en Barcelona y Cambrils, donde fueron el Gobierno de España y el Ayuntamiento de Barcelona y la Generalitat los que organizaron como institución las dos manifestaciones multitudinarias que se celebraron, sin que ningún obstáculo jurídico así lo impidiera. Tampoco se han puesto trabas en ayuntamientos socialistas como el zaragozano de Ejea de los Caballeros, cada vez que su ayuntamiento ha organizado manifestaciones como por el Día de la Mujer. Este consistorio también saldrá a la calle mañana, desobedeciendo a Ferraz, en apoyo al pueblo de Ceuta sin reproches por parte del delegado del Gobierno en Aragón.El ayuntamiento de Madrid, según han indicado fuentes del mismo a ABC, está estudiando ahora la respuesta del Ejecutivo a su comunicación y en las próximas horas explicará si mantiene la convocatoria tal como estaba prevista inicialmente.
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