El Tribunal Supremo ha decidido estimar la medida cautelar solicitada por las formaciones políticas Vox e Iustita Europa y ha ordenado la suspensión de los efectos electorales de las inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) vinculadas a la Ley de Nietos, hasta que se dicte sentencia sobre el fondo del asunto.
La resolución, a la que ha tenido acceso OKDIARIO, contradice la posición defendida este lunes por la Abogacía del Estado, que había pedido rechazar esta suspensión por considerarla lesiva del derecho al sufragio activo.
El Auto distingue dos situaciones. Para quienes hayan obtenido la nacionalidad española de origen por la vía del derecho de opción previsto en la Ley de Memoria Democrática, y todavía no estén inscritos en el CERA, la Sala ha acordado que se continúe tramitando el expediente hasta su finalización, pero que, una vez concluido, «se suspenderá la inscripción en el citado censo hasta el dictado de la sentencia en este procedimiento».
En el caso de quienes ya figuran inscritos en el censo de residentes ausentes, el Supremo ha resuelto que se suspendan «los efectos electorales de la inscripción en dicho censo para los sucesivos procesos electorales que puedan convocarse», también hasta que exista sentencia firme.
Powered by WPeMatico