Se acabó el tiempo de las zonas de bajas emisiones que sólo existen sobre el papel. El Gobierno ha decidido apretar las tuercas a los ayuntamientos que, años después de la fecha límite, mantienen sus ZBE sin multas, sin controles o con perímetros testimoniales.
Según ha informado el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, el Consejo de Ministros ha aprobado este martes, 3 de noviembre, la modificación del Real Decreto 1052/2022, de 27 de diciembre, que regula las zonas de bajas emisiones (ZBE).
El objetivo, según el departamento, es garantizar la implantación y el funcionamiento efectivos de estas áreas, de manera que cumplan su finalidad: mejorar la calidad del aire, proteger la salud de la ciudadanía y contribuir a mitigar el cambio climático.
Moratorias sin fin
La reforma responde a las deficiencias detectadas durante los primeros años de aplicación de la norma. A juicio del Ministerio, muchas declaraciones de ZBE se han quedado en una simple delimitación territorial, sin medidas que funcionen de verdad.
Entre los problemas identificados figuran moratorias excesivamente prolongadas en la aplicación del régimen sancionador, zonas sin restricciones según el potencial contaminante de los vehículos y perímetros que coinciden con espacios que ya tenían limitaciones al tráfico.
El texto sometido a información pública durante la tramitación añadía otra anomalía: zonas con un régimen de excepciones demasiado amplio. Todas comparten el mismo problema: la ZBE existe en la ordenanza, pero apenas se nota en la calle.

Pruebas documentales
Con la nueva regulación, las entidades locales obligadas a establecer zonas de bajas emisiones deberán acreditar documentalmente el cumplimiento efectivo de los requisitos. Ya no bastará con aprobar una ordenanza y señalizar el perímetro.
Los ayuntamientos tendrán que comunicar la entrada en vigor de las prohibiciones o restricciones de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos según su potencial contaminante, es decir, según la etiqueta ambiental de la DGT de cada coche.
También deberán demostrar la aplicación efectiva de los sistemas de control de accesos, monitorización y seguimiento. En la práctica, se trata de sistemas como las cámaras de lectura de matrículas que vigilan la entrada a la zona y detectan a los infractores.
Multas sin periodo de gracia
El cambio de mayor calado afecta a las sanciones. La modificación exige que las ordenanzas municipales contemplen y apliquen el régimen sancionador previsto en la normativa estatal de tráfico, «sin recurrir a sistemas transitorios que demoren su efectividad».
Con ello, el Gobierno pretende garantizar que las restricciones cuentan con mecanismos reales de cumplimiento y que su eficacia puede evaluarse. Dicho de otro modo: una ZBE en la que no se multa no podrá considerarse implantada de forma efectiva.
Entrar en una ZBE con un vehículo no autorizado está tipificado como infracción grave en la Ley de Tráfico, con una multa de 200 euros, que se queda en 100 euros con pronto pago, y sin retirada de puntos, según recoge el RACE.
68 ZBE activas
La reforma llega cuando buena parte de los municipios sigue sin hacer los deberes. La ley de cambio climático obliga a implantar una ZBE a 149 municipios, pero en España sólo hay 68 zonas de bajas emisiones activas, según los datos recopilados por ZonaZBE.
Y no todas multan. Barcelona sanciona desde 2020, Sevilla y Bilbao desde 2024, Palma desde 2025 y Zaragoza desde diciembre de 2025, mientras que Vigo sigue en su primer año de avisos y Valencia aún no tiene la ordenanza aprobada.
El caso más reciente es el de Málaga, que dejó de multar en octubre de 2026 tras una sentencia judicial. Elche, Cartagena o Santa Cruz de Tenerife, por su parte, tienen su ZBE aprobada, pero todavía sin sanciones.
Seguridad jurídica y fondos
Además de endurecer las exigencias, el Ministerio defiende que la reforma proporciona una mayor seguridad jurídica a los ayuntamientos en materia de tráfico y movilidad, un terreno en el que varias ordenanzas de ZBE han sido recurridas en los tribunales.
La acreditación del cumplimiento servirá, además, para comprobar la eficacia de las zonas de bajas emisiones y podrá ser referencia para los instrumentos de financiación de la transformación digital y sostenible del transporte urbano.
Aunque el Ministerio no lo concreta, esta vinculación abre la puerta a que las ayudas al transporte urbano queden ligadas a tener una ZBE que funcione de verdad, y no sólo en el boletín oficial.

Una herramienta clave
Para el Gobierno, las ZBE son una de las principales herramientas para avanzar hacia una movilidad más sostenible, reducir la contaminación atmosférica y las emisiones de gases de efecto invernadero, y mejorar la salud pública en las ciudades.
Su adecuada implantación contribuye también, según el Ministerio, a fomentar los desplazamientos activos, como caminar o ir en bicicleta, a recuperar espacio público para los vecinos y a racionalizar el uso del vehículo privado.
La medida afecta sobre todo a los conductores de vehículos sin etiqueta ambiental de la DGT: los de gasolina anteriores a enero de 2000 y los diésel anteriores a 2006, que tienen vetado el acceso en la mayoría de las ZBE.
El origen de la norma
El Real Decreto 1052/2022 se aprobó en diciembre de 2022 para fijar los requisitos mínimos de las zonas de bajas emisiones, en cumplimiento de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética.
Esa ley obliga a implantar una ZBE a los municipios de más de 50.000 habitantes, a los territorios insulares y a los de más de 20.000 habitantes que superen los valores límite de calidad del aire. Los primeros concentran más de la mitad de la población.
Con esta reforma, el Ejecutivo cierra la puerta a las moratorias indefinidas: en cuanto entre en vigor, la zona de bajas emisiones que no restrinja, no controle y no multe no podrá considerarse implantada.
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