La donación de un órgano es una de las acciones más altruistas que puede hacer una persona por salvar la vida de otra. Así, España puede sacar pecho a la hora de decir que está a la cabeza a nivel mundial de transplantes renales y pulmonares, entre otros. Así lo confirma el informe del Registro Mundial de 2025, gestionado por la Organización Nacional de Trasplantes (ONT), que señalaba a nuestro país como el de mayor tasa de donación con un 53,2%. Pues bien, ahora la solidaridad va a ser ‘recompensada’ por el Gobierno que ha reconocido esta situación de incapacidad temporal especial por la Ley 6/2024, de 20 de diciembre y que concederá la baja con el 100% del sueldo a los trabajadores que donen órganos y tejidos, aunque no tengan cotizaciones previas.El BOE ya lo hizo oficial: la legislación protege a los trabajadores que donen órganos con una norma que acoge todo lo que tenga que ver con la parte previa del tratamiento médico que sea necesario y que asegura una cobertura de tipo económico desde que comience la baja para que la persona no se vea abocada a perder dinero a causa de esta circunstancia. Salario de un trabajador donante de órganosDe esta manera, el trabajador que se dé de baja por donar órganos o tejidos tendrá el derecho a una ayuda equivalente al 100% de la base reguladora correspondiente, es decir, que la persona cobrará su sueldo de manera íntegra. Además, esta subsidio se sufraga desde el momento en el que la baja se hace efectiva con acceso sin trabas para todos los empleados.Plazos de cobertura por donación de órganosEl periodo se activa desde el comienzo de la incapacidad temporal y abarca el intervalo de tiempo en el que el donante necesita asistencia médica y no puede desarrollar con normalidad su trabajo. El fin de esta protección especial es impedir que una trabajador que tome la decisión de donar un órgano en vida vea menguar sus ingresos debido a la operación quirúrgica y a los efectos de su recuperación.El trabajador debe conocer que esta cobertura incluye todo lo que tenga que ver con las actuaciones médicas derivadas de la donación, siempre que se dé la situación de incapacidad temporal.Permisos especialesAdemás, antes de donar un órgano, el trabajador podrá beneficiarse de permisos para poder ir a las distintas citas médicas que tenga previas a la donación y que tengan lugar dentro de su jornada laboral. Dentro de esta autorización se integran desde ciclos de formación, prueba médicas, informes, desplazamientos y demás exámenes a los que se tenga que presentar previamente la persona.En resumen, y para que te quede claro, estas son las claves de la baja por donación de órganos y tejidos:Cuantías: Se cobra el 100% de la base reguladora desde el primer día de la baja. Periodo de cotización: No se fija un tiempo mínimo cotizado previamente en la Seguridad Social para poder acceder al cobro de esta ayuda. Intervalo de tiempo que cubre: La norma recoge que se protege al trabajador desde el inicio del proceso (pruebas, exploraciones…), ingreso y plazo de recuperación hasta que obtenga el alta médica. Cotizaciones: Durante este periodo, se sigue cotizando por el empleado de forma habitual, lo que garantiza que sus derechos de cara a la jubilación no se vean perjudicados.¿Quién asume el coste de la baja?Pero, ¿quién se encarga del pago de esta baja? Pues, el responsable será la entidad gestora de la Seguridad Social o a la mutua colaboradora, por lo que la empresa del trabajador que vaya a donar un órgano o un tejido no asumirá directamente un salario extra durante el intervalo de tiempo cubierto.Además, como esta protección especial se amplía al ámbito laboral, la empresa se encargará de tramitar la baja siguiendo los cauces correspondientes y no podrá obligar al trabajador que recupere las horas que haya necesitado para acudir a las pruebas médicas preparatorias.
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