El expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero ha presentado un recurso ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en el que se opone a que continúen investigándose las gestiones que realizó en favor del Grupo Gloria, conglomerado peruano con intereses empresariales en Bolivia, gracias a sus contactos políticos en ese país. Su abogado Víctor Moreno Catena pide a los magistrados de la Sala Segunda -después de haberlo intentado sin éxito ante el juez instructor del caso Plus Ultra, José Luis Calama- que saquen de la investigación por tráfico de influencias y organización criminal, entre otros delitos, que se sigue contra él un informe de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional en el que se recogían indicios de que el político socialista cobró, a través de una sociedad pantalla, 200.000 euros para «beneficiar los intereses» de la empresa peruana.En su recurso, el defensor del expresidente considera que el auto de mayo de este año con el que el juez acordó el registro de su despacho profesional no puede ser un «patente de corso» del juez para investigar toda su actividad. «El auto parte de una premisa que, dicho sea con el debido respeto, puede constituir una verdadera ‘patente de corso’ para que la investigación se dirija a cualquier actuación personal o profesional de la vida del investigado, pues como es habitual en el auto de 18 de mayo de 2026 se ordenaba una entrada y registro en la que se incautó información masiva (conversaciones de Whatsapp, correos electrónicos, agendas, documentación bancaria, documentos privados de cualquier naturaleza, etc.), que permiten trazar con una enorme precisión todo lo que una persona ha hecho, día a día y hora a hora, durante más de seis años», se queja Moreno Catena en el recurso consultado de ABC.El abogado pide a los magistrados que estimen su recurso para evitar que la investigación contra Zapatero se convierta en una «investigación general», considerando que sólo puede ser objeto de ésta aquello sobre lo que hay indicios de delito. «Es entendible que la incautación de evidencias (especialmente las digitales) no puede realizarse mediante una extracción quirúrgica de la información, y que en la práctica ha de obtenerse la información en bloque. No obstante, el hecho de que esa información masiva se haya obtenido, y esté en la causa, no significa que pueda examinarse en su integridad en búsqueda del descubrimiento de cualquier hecho de apariencia delictiva», se lee en el escrito.
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