Las zonas de bajas emisiones (ZBE) en las ciudades, aquellas en las que se limita el acceso a los vehículos más contaminantes, no están funcionando como deberían, según el Gobierno. Hoy demasiadas urbes aplican moratorias injustificadas a coches sin etiqueta o han creado una zonificación demasiado pequeña, entre otras carencias. Para contrarrestarlo, el Ejecutivo ha aprobado este martes una modificación del Real Decreto 1052/2022, el que regula las ZBE, que en su opinión debería acabar con las lagunas que abría la anterior redacción. Desde 2023, unos 150 municipios españoles deberían haber puesto en marcha las zonas de bajas emisiones, que desincentivan el uso del coche. Estaba prevista para poblaciones por encima de los 50.000 habitantes. Sin embargo, diferentes estudios han concluido que la aplicación ha sido desigual y que más de un centenar de localidades siguen sin ZBE, según datos del Ministerio para la Transición Ecológica analizados por Bipi. El departamento dirigido por Sara Aagesen reconoce que ha detectado «deficiencias» durante los primeros años de aplicación de la normativa de 2022, lo que ha llevado a que algunas ZBE se traduzcan en «una delimitación territorial sin medidas efectivas». Entre las situaciones que identifica figuran moratorias excesivamente prolongadas en la aplicación del régimen sancionador, zonas sin restricciones de acceso en función del potencial contaminante de los vehículos o ámbitos territoriales insuficientes que coinciden con espacios que ya contaban previamente con limitaciones al tráfico. Ahora, el objetivo de Transición Ecológica es que todas las entidades locales se vean obligadas a acreditar documentalmente el cumplimiento efectivo de los requisitos establecidos. Tendrán que comunicar la entrada en vigor de las prohibiciones o restricciones de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos atendiendo a su potencial contaminante, así como la aplicación efectiva de los sistemas de control de accesos, monitorización y seguimiento. Asimismo, la modificación exige que las ordenanzas municipales contemplen y apliquen el régimen sancionador previsto en la normativa estatal de tráfico, sin recurrir a sistemas transitorios que demoren su efectividad.
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