La alimentación de una persona durante todo un día por unos cuatro euros parece difícil de encajar con los precios actuales. En las cárceles españolas, sin embargo, esa cantidad debe dar para preparar las principales comidas de cada interno. Así lo ha explicado Joaquín Leyva, funcionario de prisiones y portavoz de la Agrupación de los Cuerpos de la Administración de Instituciones Penitenciarias (ACAIP), al hablar sobre algunos de los aspectos menos conocidos del funcionamiento de estos centros.
Leyva abordó esta cuestión durante su participación en el pódcast La pura verdad, donde explicó cómo se organiza la alimentación de los reclusos y el presupuesto con el que trabajan las cocinas. «En las cárceles, se asigna unos 4 euros al día para la comida del preso. Con ese dinero, el cocinero elabora desayuno, comida y cena», señaló. Una cantidad que obliga a ajustar las compras y que, además, debe permitir atender las necesidades alimentarias de una población muy diversa.
Un funcionario de prisiones lo confirma: «En las cárceles se asigna 4 euros al día para la comida del preso»
La cifra mencionada por Leyva permite hacerse una idea del margen con el que trabajan las cocinas de los centros penitenciarios. El funcionario pone como ejemplo una prisión con 1.000 internos: si se toman esos cuatro euros como referencia, el presupuesto diario rondaría los 4.000 euros para preparar la alimentación de todos ellos. La normativa penitenciaria establece, en realidad, un sistema de racionado por día y plaza. El Reglamento Penitenciario determina que los valores de esas raciones se fijan por resolución y permite que sean diferentes entre centros en función de la agrupación establecida para este fin. Es decir, esos cuatro euros de los que habla Leyva deben entenderse como una cantidad aproximada y no como una tarifa idéntica para todos los presos y todas las cárceles españolas.
Pero eso sí, con un presupuesto tan ajustado, la elección y compra de los alimentos adquiere especial importancia. Leyva destaca precisamente el trabajo de los cocineros y de quienes se encargan de las compras, que deben negociar con los proveedores para conseguir productos a precios que permitan elaborar los menús con el dinero disponible. Eso no elimina las obligaciones que existen sobre la alimentación de los internos. El Reglamento Penitenciario señala que debe estar convenientemente preparada y responder a las exigencias dietéticas de la población penitenciaria. También obliga a tener en cuenta factores como la edad, el estado de salud, el trabajo, el clima o las costumbres.
Dietas especiales por salud, alergias o religión
Preparar la comida de cientos de personas cada día no consiste únicamente en elaborar un único menú. Según explica Joaquín Leyva, las cocinas penitenciarias tienen que trabajar con diferentes necesidades alimentarias al mismo tiempo. Entre ellas se encuentran las dietas para internos diabéticos, celíacos o con determinadas alergias. A estas se añaden las opciones vegetarianas y las adaptaciones relacionadas con las creencias religiosas, como ocurre durante el Ramadán.
En este punto, la explicación del funcionario coincide con lo establecido en el Reglamento Penitenciario. Su artículo 226 dispone que la alimentación debe adaptarse a las particularidades de salud de los internos y, en la medida de lo posible, a sus convicciones personales y religiosas. En el caso de las personas enfermas, la alimentación queda además sometida a control facultativo. Además, la propia gestión de los alimentos también está regulada. Cuando la cocina depende directamente de la Administración penitenciaria, el funcionario responsable del servicio de alimentación debe recibir las mercancías y comprobar tanto su calidad como su peso.
El médico del establecimiento tiene, por su parte, la función de comprobar su estado sanitario y determinar si algún producto debe ser rechazado. Leyva sostiene que, pese a las limitaciones económicas, se procura que los menús sean variados, cumplan los requisitos nutricionales básicos y no se abuse de los productos ultraprocesados.
Los días en los que aumenta el presupuesto para las comidas
El presupuesto habitual cambia en determinadas fechas señaladas. Según cuenta el portavoz de ACAIP, existen tres momentos del año en los que la cantidad destinada a la alimentación puede duplicarse hasta alcanzar aproximadamente los ocho euros por interno. Se trata de las celebraciones de Nochebuena y Navidad, Nochevieja y Año Nuevo y la festividad de Nuestra Señora de la Merced, patrona de Instituciones Penitenciarias. La existencia de estas comidas especiales no es simplemente una costumbre de los centros. La regulación penitenciaria contempla expresamente comidas extraordinarias en los días señalados y establece que su precio por interno no debe superar el doble de la cantidad que corresponda a su ración ordinaria.
Y fuera de las comidas proporcionadas por el centro también existe el economato penitenciario. El funcionario de prisiones explica que cuando un interno quiere consumir determinados productos adicionales, como por ejemplo un café o un refresco, debe adquirirlos con su propio dinero. Según el funcionario, existe un límite de gasto de 100 euros semanales.
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